En la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, ANEXO V, apartado A dice:
"El servicio web de seguimiento, con el protocolo de conexión (SOAP) y las especificaciones publicadas en las páginas web de los servicios públicos de empleo del Sistema Nacional de Empleo, deberá estar implementado por las entidades de formación acreditadas e inscritas en la modalidad de teleformación."
En la web de SEPE se puede descargar un KIT de pruebas para validar la URL de seguimiento. Valide su URL de seguimiento antes de presentar la solictud de acreditación.
Integramos su plataforma con nuestro Programa de gestión de la formación continua. El registro del alumno, el alta en la plataforma y toda la gestión de la formación se centraliza en una única aplicación.